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5 abr 2012

Los puntos principales de la reforma a los Códigos Civil y Comercial

Los puntos principales de la reforma a los Códigos Civil y Comercial 


Parlamentario.com repasa una a una las modificaciones que el Poder Ejecutivo busca imprimir a los actuales Códigos Civil y Comercial, y que fueron anunciadas por la presidenta de la Nación, Cristina Fernández, el martes pasado.

Nueve son en total las reformas que el Poder Ejecutivo buscará impulsar sobre el Código Civil y Comercial unificado a través de un proyecto de ley que enviará al Congreso en los próximos días, tras un trabajo de la Corte Suprema de Justicia. A continuación,parlamentario.com detalla de qué se tratan los ejes principales de la iniciativa.
Matrimonio. Se actualiza el régimen a raíz de la sanción de la Ley de Matrimonio Igualitario. Por eso, no se realizarán distinciones entre varón y mujer para definir quienes pueden unirse en matrimonio. Además, se incorpora la posibilidad de optar entre el régimen de comunidad de ganancias (único existente en la actualidad) y el régimen de separación de bienes, a través de acuerdos prenupciales. 
Divorcio. Se simplifican los trámites para solicitarlo. Por eso, se establece que el divorcio puede ser válido también con el único deseo de uno de los cónyuges. Además, la pareja puede hacer propuestas y acordar sobre los efectos que tendrá la disolución.
Técnicas de reproducción humana asistida. Se actualiza la legislación mediante la incorporación de las técnicas de reproducción humana asistida (como la inseminación artificial o la fecundación in vitro, entre otras), regulando el consentimiento informado, los requisitos del procedimiento a emplear, la prevalencia de la voluntad procreacional, y la equiparación de la filiación por dicho medio de reproducción humana con la natural y la adoptiva plena.
Adopción. Además de simplificar también este régimen, se prioriza el interés del niño por sobre el de los adultos comprometidos. Se mantiene la adopción plena y simple, y se le incorpora el régimen de la adopción por integración, referida al hijo del cónyuge o del conviviente. Se admiten tanto la adopción conjunta como la unilateral. En cuanto a los derechos del niño, niña o adolescente, se incorpora el derecho a ser oído y a que su opinión sea tenida en cuenta según su edad y grado de madurez, a la identidad, a conocer sus orígenes, a la preservación de los vínculos fraternos.
Propiedad comunitaria indígena. Se establece que la Propiedad Comunitaria de Tierras Indígenas será: exclusiva, perpetua, indivisible, imprescriptible, insusceptible de gravámenes, inembargable e inejecutable, para la preservación de la identidad cultural y el hábitat de los pueblos originarios. También tienen derecho a participar en la gestión referida a sus recursos naturales como derechos de incidencia colectiva.
Gestación por sustitución. El proyecto admite la figura de “gestación por sustitución”. En este caso, el elemento central es la voluntad procreacional, expresado el consentimiento previo, informado y libre de las personas que intervienen. El consentimiento previo debe ser homologado judicialmente. Asimismo, el juez interviniente en la homologación, constatará que la gestante no haya recibido retribución alguna y que alguno al menos uno de los comitentes ha aportado material genético.
Sociedades de un solo socio. Se crea la figura de la sociedad unipersonal, que facilita la asignación de una porción del patrimonio a un proyecto productivo, incentivando así las inversiones.
Derechos Personalísimos. Se incorpora un capítulo, inexistente hasta ahora, dedicado a los derechos personalísimos, que abundan en los tratados internacionales de Derechos Humanos que integran el bloque de constitucionalidad federal. Allí se reconocen expresamente los derechos a la dignidad, intimidad, honor e imagen, entre otros.
Formas modernas de contratación. Con esto, el proyecto se refiere a la incorporación de los contratos de arbitraje, agencia comercial, concesión comercial, franquicia, suministro y leasing, y se incorporan y armonizan los derechos del consumidor. El objetivo es brindar mayor seguridad jurídica y garantizar de mejor manera la defensa de los ciudadanos en tanto consumidores.


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2 feb 2012

La Carta Magna no es un tema tabú



www.pagina12.com.ar   Enrique Zuleta Puceiro, Ricardo Rouvier, Manuel Mora y Araujo y Artemio López consideraron, con distintos enfoques, que es posible pensar en adecuaciones de la Constitución del ’94. El debate planteado alrededor de la re-reelección.

La posibilidad de una reforma constitucional, enunciada a medias por el oficialismo, provocó la reacción casi inmediata de las bancadas opositoras. Es una “locura”, es “peligroso”, son “meros globos de ensayo”, dijeron legisladores de diversas fuerzas políticas. Página/12 dialogó con cuatro consultores políticos para pensar la viabilidad y el impacto político del presunto proyecto. En general, las visiones concuerdan en que, en materia de opinión pública, la reforma por una re-reelección de Cristina Fernández de Kirchner no es viable, al menos en este momento. En cambio, consideran que el camino hacia nuevas garantías constitucionales a nivel económico y social puede obtener mayores consensos.

“La reforma constitucional es un viejo proyecto de los partidos de oposición. Binner lo incorporó a su plataforma de campaña. Forma parte de los genes del radicalismo. El que se resiste fue el peronismo. Pero Fernández de Kirchner está más cerca del radicalismo y del socialismo en materia constitucional”, dijo Enrique Zuleta Puceiro, de Opinión Pública: “No hay en la oposición ninguna objeción de principio por incorporar una agenda social a la Constitución. La diferencia puede darse si el tema es la re-reelección o no. Los entredichos o medias palabras son exclusivamente por esto, porque hoy la sociedad no quiere la reforma por la re-reelección, pero sí progresar en lo institucional”.
Zuleta Puceiro consideró que es “estratégicamente esencial para la oposición una reforma del sistema de representación”, porque de lo contrario “va a gobernar el peronismo de por vida”. Además, pensar una reforma en materia de nuevos derechos sociales, económicos (mencionó la coparticipación), federales y de integración regional es una oportunidad para “pasar de una etapa declamatoria de la reforma del ’94, al despliegue de instituciones nuevas propias del siglo XXI”, según sostuvo el analista. “Y en esto no encuentro profundas disidencias entre el Gobierno y parte de la oposición. Sí puede ser resistido por la derecha y por los diarios.”
En tanto, Artemio López, de Equis, consideró que “es absolutamente posible que (la reforma) esté en la agenda. Las transformaciones del país han sido profundas, hay que adecuarlas a la Constitución. Y esto no es necesariamente por una re-reelección de la Presidenta. En términos sociales es evidente que hay derechos a garantizar y darle rango constitucional”, dijo López. Repensar la representación política, la duración de los mandatos presidenciales, el funcionamiento de entidades económicas, la inclusión de derechos como la Asignación Universal por Hijo son algunos de los temas que el consultor aportaría para un debate constitucional. “Desde un punto de vista racional, la oposición no podría resistirse a esto”, dijo López.
Un planteo distinto expuso Manuel Mora y Araujo, de la Universidad Di Tella: “Está claro que hay una voluntad de ponerlo en agenda. Pero no es oficial, de modo que no está claro que sea un proyecto de la Presidenta. En todo caso, es una manera de ver qué acogida tiene el asunto. Personalmente, no me parece oportuno, no creo que sea conveniente. En general la sociedad es reticente a la reforma”, dijo. Al ser consultado por la agenda social de una eventual reforma, manifestó: “No considero que deban tener rangos constitucionales”. En cambio, “el debate por un nuevo régimen de gobierno parlamentario puede ser interesante, pero es complicado de llegar, y representa un riesgo muy grande para un gobierno que tiene mucha popularidad. Lo puede debilitar en vez de fortalecer”.
Desde Rouvier y Asociados, Ricardo Rouvier distinguió tres planos a tener en cuenta: “Un plano legal, ya que la Constitución no prevé la posibilidad de un tercer mandato consecutivo. Un plano político, porque la jefatura del kirchnerismo está concentrada en Cristina Fernández de Kirchner, y no hay reemplazo, no hay otro candidato mejor”. Y un tercer aspecto, que pivotea entre los dos: la opinión pública. “En este momento la sociedad en su mayoría no es favorable a una reforma por la re-reelección. Le teme a la perpetuación del poder, lo entiende como un límite a la democracia, pero esto es hoy, y puede cambiar.”
Para Rouvier pueden darse “planteos de avanzada” que den la posibilidad de una “reforma integral” y de una “actualización de la reforma del ’94”. Por ejemplo, “dando status jurídico a los movimientos sociales, como sucedió en Bolivia y en Ecuador”, señaló. Además, dejó abierta la posibilidad de un cambio en la opinión pública: “Puede suceder, si la sociedad entiende que la continuidad del funcionario garantiza un desarrollo económico y social”.
Informe: Agustín Saavedra.


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5 jul 2010

La reglamentación de la Ley de Reforma Política es un nuevo paso en la implementación de reglas electorales y partidarias que fortalecen la ...

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  • Juan Manuel Abal Medina
    COMENTARIOS SOBRE LOS DEC REGLAMENTARIOS DE LA REF POL
    La reglamentación de la Ley de Reforma Política es un nuevo paso en la implementación de reglas electorales y partidarias que fortalecen la representatividad y la transparencia de nuestra democracia.
    Así, por ejemplo, mediante el Decreto 937 publicado hoy en el Boletín Oficial se f
    ...acilita a los ciudadanos el proceso de des-afiliación a los partidos mediante un telegrama gratuito. De esta manera podremos ordenar y normalizar la situación actual de los padrones partidarios, fruto del crecimiento irreal de la cifra de afiliados en las últimas décadas, y garantizando que cada ciudadano pueda afiliarse a la fuerza política que prefiera con toda facilidad. Ésta es una medida largamente reclamada por expertos y organizaciones de la sociedad civil, que este Decreto de la Presidenta de la Nación hace realidad.
    A su vez, mediante el Decreto 936 se operativiza el funcionamiento del Fondo Partidario Permanente, que garantiza a todos los partidos políticos contar con los recursos necesarios para su funcionamiento y sus gastos de campañas electorales en un plano de equidad. Ademas, el Decreto especifica qué actividades de formación e investigación pueden ser solventadas con estos fondos, volviendo más transparente su utilización y fomentando en los partidos el debate programático, la capacitación de sus dirigentes y la elaboración de propuestas de políticas públicas. En otras palabras, garantizando que los partidos sean agentes efectivos de la gobernabilidad democrática.
    A través del Decreto 935 se establece la incorporación de nuevas tecnologías en el proceso electoral, modernizando así la gestión de los comicios. Esto no sólo agilizará los procedimientos (por ejemplo, el envío de datos entre las áreas del Ejecutivo y la Justicia Electoral) sino que también robustecerá la transparencia de las elecciones, garantizando que no existan dudas sobre la identidad de los electores y sobre su correcta inclusión en el padrón electoral. Al mismo tiempo, se crea la categoría de “elector ausente por desaparición forzada”, en una ratificación del camino de memoria, verdad y justicia adoptado por este gobierno.
    Finalmente, el Decreto 938 crea el “Consejo de seguimiento de las Elecciones Primarias y Generales”, como una instancia de información y monitoreo sobre el desarrollo de las actividades preparatorias de los actos electorales. De esta manera, con la participación de expertos y académicos, será posible obtener una opinión especializada que contribuya al mejor funcionamiento de la nueva normativa. En conjunto, estos decretos reglamentarios serán fundamentales en la correcta implementación de la reforma sancionada por el Congreso Nacional. Con estos instrumentos, estamos haciendo realidad el sueño de una democracia más fuerte, representativa y transparente.
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10 feb 2010

Es posible tener un sistema más equitativo, transparente y participativo

Es posible tener un sistema más equitativo, transparente y participativo

juanmanuel Lue­go de un in­ten­so y pro­duc­ti­vo pro­ce­so de diá­lo­go con to­dos los par­ti­dos po­lí­ti­cos, las or­ga­ni­za­cio­nes es­pe­cia­li­za­das de la so­cie­dad ci­vil y los aca­dé­mi­cos ex­per­tos en la ma­te­ria, el Con­gre­so Na­cio­nal san­cio­nó a fi­nes de 2009 una ley de re­for­ma po­lí­ti­ca que con­tri­bui­rá a for­ta­le­cer la re­pre­sen­ta­ción po­lí­ti­ca, a tra­vés de una com­pe­ten­cia par­ti­da­ria más trans­pa­ren­te, equi­ta­ti­va y cer­ca­na al ciu­da­da­no. Aho­ra es el mo­men­to de im­ple­men­tar es­tas mo­di­fi­ca­cio­nes nor­ma­ti­vas. Los es­tu­dio­sos de la ad­mi­nis­tra­ción pú­bli­ca en to­do el mun­do coin­ci­den en que la fa­se de im­ple­men­ta­ción de las po­lí­ti­cas es la más com­ple­ja, ya que im­pli­ca tra­du­cir en la prác­ti­ca los am­bi­cio­sos ob­je­ti­vos de­ci­di­dos por los go­bier­nos o los Con­gre­sos. Eje­cu­tar una po­lí­ti­ca re­quie­re la coor­di­na­ción de múl­ti­ples ac­to­res, que en es­te ca­so, ade­más, per­te­ne­cen a dis­tin­tos po­de­res y ni­ve­les de go­bier­no. Por ello, des­de el go­bier­no na­cio­nal ya nos en­con­tra­mos abo­ca­dos a la ta­rea de ha­cer rea­li­dad la re­for­ma, tra­ba­jan­do en for­ma pre­vi­so­ra y ar­ti­cu­la­da con la jus­ti­cia elec­to­ral y los go­bier­nos pro­vin­cia­les. En tal sen­ti­do, el Re­gis­tro Na­cio­nal de las Per­so­nas del Mi­nis­te­rio del In­te­rior y la Jus­ti­cia Elec­to­ral avan­zan en la coor­di­na­ción de nue­vos pro­ce­di­mien­tos de in­for­ma­ción so­bre el re­gis­tro de elec­to­res, pa­ra com­ple­tar su in­for­ma­ti­za­ción y agi­li­zar pro­ce­sos que ya es­ta­ban ob­so­le­tos. Al in­te­rior de la pro­pia Jus­ti­cia, la Cá­ma­ra Na­cio­nal Elec­to­ral y los res­pec­ti­vos juz­ga­dos es­tán de­sa­rro­llan­do me­ca­nis­mos de ges­tión del re­gis­tro elec­to­ral que sean acor­des a las nue­vas tec­no­lo­gías a im­ple­men­tar. A su vez, en­tre los pa­sos a se­guir, los fis­ca­les fe­de­ra­les ten­drán a car­go el con­trol del cum­pli­mien­to de los re­qui­si­tos pa­ra la ob­ten­ción y man­te­ni­mien­to de la per­so­ne­ría ju­rí­di­ca de los par­ti­dos. Fi­nal­men­te, la Di­rec­ción Na­cio­nal Elec­to­ral del Mi­nis­te­rio del In­te­rior tra­ba­ja en la pla­ni­fi­ca­ción de los pro­ce­di­mien­tos de las pri­ma­rias, en la di­fu­sión de las nue­vas re­gu­la­cio­nes y en la adap­ta­ción de las es­truc­tu­ras de ges­tión elec­to­ral a las nue­vas fun­cio­nes. En de­fi­ni­ti­va, se tra­ta de un com­ple­jo pro­ce­so que in­vo­lu­cra a múl­ti­ples áreas del Es­ta­do, en una ta­rea si­len­cio­sa, que no sue­le apa­re­cer en la pren­sa, pe­ro que es im­pres­cin­di­ble pa­ra con­ver­tir en rea­li­dad los ob­je­ti­vos de la re­for­ma. Los par­ti­dos tam­bién de­be­rán tra­ba­jar pa­ra ade­cuar­se a los re­qui­si­tos, ab­so­lu­ta­men­te ló­gi­cos, que es­ta­ble­ce la nue­va ley. Ten­drán que al­can­zar las ci­fras mí­ni­mas de afi­lia­ción que fi­ja la nor­ma­ti­va, aun­que la ma­yo­ría de los par­ti­dos que re­pre­sen­tan una op­ción de­fi­ni­da pa­ra la so­cie­dad po­drán su­pe­rar fá­cil­men­te ese um­bral; só­lo los “se­llos de go­ma” sin pro­gra­ma y/o ideo­lo­gía de­be­rán preo­cu­par­se por no al­can­zar la can­ti­dad su­fi­cien­te de afi­lia­cio­nes. A su vez, pa­ra es­ta épo­ca del año pró­xi­mo se­gu­ra­men­te ve­re­mos la de­fi­ni­ción de pre-can­di­da­tu­ras al in­te­rior de ca­da par­ti­do, y 30 días an­tes de las pri­ma­rias co­men­za­rá la cam­pa­ña elec­to­ral. Aquí, los par­ti­dos, la jus­ti­cia y dis­tin­tas áreas del go­bier­no de­be­rán es­tar pre­pa­ra­dos pa­ra una nor­ma­ti­va que pro­hí­be la in­ver­sión pri­va­da en me­dios au­dio­vi­sua­les, ga­ran­ti­zan­do el Es­ta­do es­pa­cios de pu­bli­ci­dad equi­ta­ti­vos y pro­por­cio­na­les pa­ra to­dos los can­di­da­tos y fuer­zas po­lí­ti­cas. En de­fi­ni­ti­va, se es­tán dan­do los pa­sos ne­ce­sa­rios pa­ra im­ple­men­tar con éxi­to la re­for­ma, tra­ba­jan­do con la su­fi­cien­te an­te­la­ción y pre­vi­si­bi­li­dad. Sa­be­mos que nin­gu­na re­for­ma, por más pro­fun­da e in­te­gral que sea (y és­ta in­du­da­ble­men­te lo es), pue­de re­sol­ver má­gi­ca­men­te dé­fi­cits de re­pre­sen­ta­ti­vi­dad que se arras­tran des­de ha­ce lar­go tiem­po. Pe­ro tam­bién sa­be­mos que si so­mos ca­pa­ces de eje­cu­tar co­rrec­ta­men­te la nue­va ley, po­dre­mos re­me­diar mu­chos de los pro­ble­mas que fue­ron ge­ne­ran­do esa cri­sis par­ti­da­ria, dan­do una po­de­ro­sa se­ñal de que es po­si­ble te­ner un sis­te­ma po­lí­ti­co más equi­ta­ti­vo, trans­pa­ren­te y par­ti­ci­pa­ti­vo. Así, es­ta­re­mos dan­do un sal­to de ca­li­dad ins­ti­tu­cio­nal no­ta­ble pa­ra la Ar­gen­ti­na.

JUAN MANUEL ABAL MEDINA www.sgp.gob.ar Vicejefe de Gabinete de la Nación