El ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, manifestó su satisfacción "porque esta ley es producto de cerca de 3.000 consultas con distintos estamentos de la Justicia", y subrayó que con la reforma habrá una "mayor eficiencia" en los tribunales de la Provincia.
Además indicó que "el rol del particular damnificado tendrá más facultades para proseguir el juicio, incluso si el fiscal entiende que no hay mérito".
Casal reconoció además que en "muchos casos fueron otorgadas excarcelaciones con demasiada discrecionalidad, si bien dentro del margen de la ley, pero esta ley achica este margen".
Finalmente el ministro agradeció a la Legislatura por la aprobación de diversas leyes procesales durante el año.
La iniciativa limita el margen de maniobra de los jueces para otorgar excarcelaciones, una propuesta que surgió tras la polémica instalada por el cuádruple crimen de una familia, cometido por una persona que había sido beneficiada con el uso de la pulsera electrónica.
La reforma dispone que "siempre que el peligro de fuga o de entorpecimiento probatorio pudiera razonablemente evitarse", podrán ser beneficiadas con el sistema de monitoreo electrónico las personas mayores de 70 años, los enfermos terminales y las mujeres embarazadas o con hijos menores de 5 años.
La morigeración de la pena podrá ser concedida también en otros casos, cuando el delito que se impute tenga prevista una pena cuyo máximo no supere los 8 años de prisión o reclusión, pero sólo "excepcionalmente". No obstante, en todos los casos el juez no podrá conceder la libertad vigilada sin antes contar con la opinión fundada del fiscal o, en su defecto, de la cámara de apelación que intervino en el caso.
Ese es un aspecto fundamental de la reforma, ya que hasta el momento los jueces tienen atribuciones para dictar la morigeración de prisión sin consultar a ningún otro estamento de la Justicia.
Pero además, con la mira puesta en acelerar los procesos judiciales, la ley propone que en los casos en los que la pena a aplicar al imputado no sea superior a los 15 años de prisión, el fiscal podrá solicitar el trámite de juicio abreviado. El texto actual del Código establece que esa medida sólo puede ser solicitada para los casos cuya pena máxima prevista sea de 8 años de prisión.
La iniciativa impulsada por el Gobierno prevé la creación de tribunales correccionales unipersonales "cuando se trate de delitos cuya pena máxima prevista no exceda de 15 años de prisión o reclusión o, tratándose de un concurso de delitos, ninguno de ellos supere dicho monto".
Los tribunales seguirán siendo de tres jueces cuando se trate de delitos cometidos por funcionarios públicos y cuando el Imputado o su defensor requieran la integración colegiada.
Por otra parte, el proyecto dispone que los juicios "deberán celebrarse dentro de los seis meses de radicada la causa en el órgano de juicio, plazo que el juez o tribunal podrán prorrogar por única vez, cuando se disponga una instrucción suplementaria que no permita su realización en dicho término".
La falta de realización del debate dentro del plazo fijado será sancionada con la pérdida de competencia del juez o el tribunal.
La reforma penal también reconoce al particular damnificado (víctima del delito) la facultad de formular acusación y abrir autónomamente el juicio cuando no esté de acuerdo con el sobreseimiento del fiscal. De este modo se le garantiza "el derecho a ser oído". En el debate oral podrá acusar y sostener la acusación fiscal no obstante el retiro que pueda realizar el funcionario público.
La reforma fue aprobada por el bloque oficialista y el de la Concertación. En tanto, estos cambios al Código Procesal Penal fueron cuestionados por diversos sectores de la oposición.
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