El Estado Nacional, a través del Plan Operativo de Acceso “Mi TV Digital”, está trabajando para que todos los argentinos tengan igualdad de oportunidades en el acceso a la Televisión Digital Terrestre (TDT) abierta, libre y gratuita.
Esta es una política pública definida y ejecutada por el Gobierno Nacional en la que se desarrollan acciones para procurar el acceso al equipo receptor necesario para ver la Televisión Digital Terrestre, sin costo para aquellos ciudadanos e instituciones que presentan riesgos de exclusión durante el proceso de transición tecnológica.
El proceso de distribución de receptores está sujeto al avance de las obras de infraestructura que el Gobierno Nacional está llevando adelante para expandir el área de cobertura de la señal de TDT.
Los beneficiarios del Plan Operativo de Acceso, son:
- Establecimientos estatales que tengan por finalidad y/o función el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas y/o de promoción de contenidos audiovisuales.
- Organizaciones sociales, como ser, Asociaciones Civiles sin fines de Lucro, Fundaciones o Cooperativas, que tengan por objeto el desarrollo de actividades sociales, culturales, educativas y/o de promoción de contenidos audiovisuales.
- Hogares: Titulares de alguna de las siguientes condiciones:
- Pensiones no contributivas: pensión a la vejez (mayores de 70 años, madres de 7 o más hijos, invalidez/ discapacidad- personas que presenten 76% o más-)* - Asignación Universal por Hijo (AUH). - Jubilaciones y/o pensiones con haberes mínimos nacionales y/o provinciales Nacionales Provinciales
- Otras asignaciones o planes sociales de algún tipo y se encuentre contemplado en alguno de los padrones de organismos gubernamentales.
- Aquellos integrantes de hogares en situación de vulnerabilidad que no se encuentren contemplados en las nombradas categorías, podrán realizar una solicitud complementaria, acompañada con la documentación respaldatoria correspondiente en las oficinas del Correo Argentino más cercanas a su domicilio, siguiendo los mismos pasos de solicitud que el resto de los interesados.
* Vejez: se regula por la Ley N° 13.478 y su Decreto Reglamentario N° 582/03. Invalidez/Discapacidad: se regula mediante la Ley N° 18.910, Decreto Reglamentario N° 432/97. Madres: Se regula por la Ley N° 23.746, Decreto Reglamentario N° 2360/90.
Verifique la cobertura a través del siguiente link: http://www.tvdigitalargentina.gob.ar/tvdigital/aplicaciones/mapa-de-cobertura
ANÁLISIS DE FORMULARIOS DE SOLICITUD
Los formularios de solicitud presentados serán analizados de acuerdo a las bases de datos de los beneficios sociales que el Estado Nacional posee en la actualidad, con el objetivo de garantizar la eficiencia y transparencia en los procesos de otorgamiento del beneficio.
El Consejo Asesor, mediante el Centro Único de Evaluación del Consejo Asesor (CUECA), conjuntamente con el Instituto de Altos Estudios Sociales y la Escuela de Humanidades de la Universidad Nacional de San Martín (UNSAM) y con la colaboración de una Red de Universidades Metropolitanas, llevará adelante dicho proceso de análisis de los formularios de solicitud. --------------------Fuente: Consejo Asesor del SATVD-T
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