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PERPETUA EN CÁRCEL COMÚN PARA VIDELA Y MENÉNDEZ
"Fue un juicio histórico"
Desde Córdoba, el secretario de Derechos Humanos de la Nación, Eduardo Luis Duhalde, calificó como "histórico" al juicio que tuvo como principales condenados a los genocidas Jorge Rafael Videla y Luciano Benjamín Menéndez.
"Fue un juicio histórico", dijo Duhalde al salir de la sala de audiencias donde el Tribunal Oral Federal número 1 (TOF1) de la capital cordobesa dio a conocer las sentencias. "Fue muy justo" y recalcó que la prueba de ello es que fueron condenados "con todas las garantías".
"Estamos ante una real justicia. Lo que se ha podido probar, se condenó", agregó. Consultado sobre expresiones de los represores Videla y Menéndez en sus alegatos finales, Duhalde indicó: "yo no abro juicio ni polemizo con los genocidas, allá ellos", y se manifestó "absolutamente conforme" con la sentencia del tribunal.
El Tribunal Oral Federal N°1 de Córdoba condenó a prisión perpetua a dieciséis represores, entre quienes se encuentran el dictador Jorge Rafael Videla y el genocida Luciano Benjamín Menéndez, en el marco de las causas conocidas como "UP1" y "Gontero", por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en esa provincia. Otros siete recibieron penas que van desde los 6 a los 14 años de cárcel y seis imputados fueron absueltos.
Se trata de uno de los procesos judiciales más trascendentes que ha vivido nuestro país, la primer condena al dictador Videla desde el histórico Juicio a las Juntas en 1985, cuando la Cámara Federal porteña lo sentenció a prisión perpetua.
La misma pena le fue otorgada ahora, por tercera vez, al genocida Menéndez, quien ya había sido condenado a perpetua por el TOF N°1 de Córdoba por delitos de lesa humanidad, en el año 2008 en la causa Brandalisis y en 2009 en la causa Albareda. El Tribunal ordenó realizar una junta médica para determinar si su estado de salud le permite cumplir la condena en una cárcel común.
Este juicio es, hasta el momento, el mayor de la historia argentina por la cantidad de represores imputados. Incluyó dos causas: "UP1" y "Gontero". La causa UP1 investigó los asesinatos de 31 militantes políticos detenidos en la Unidad Penitenciaria Nº 1 (UP1) del barrio San Martín, de Córdoba, quienes fueron trasladados entre abril y octubre de 1976 al Departamento de Informaciones de la Policía de Córdoba (D2), donde fueron torturados y luego fusilados simulando un intento de fuga. A diferencia de la mayor parte de las víctimas de la dictadura cívico-militar, no se trataba de desaparecidos sino de militantes detenidos y registrados como tales antes del golpe de Estado.
El asesinato por fuga fue un método ampliamente utilizado por las fuerzas represivas, en un intento de los verdugos de desinformar a la población y liberarse de futuras condenas. Dicho accionar respondía a órdenes de altos mandos militares, se necesitaba en todos los casos una autorización para realizar los traslados, motivo por el cual se juzgó a Jorge Rafael Videla, entonces Comandante en Jefe del Ejército y Presidente de Facto, y a Luciano Benjamín Menéndez, entonces Jefe del III Cuerpo del Ejército. Por debajo de ellos y siguiendo la cadena de mando se juzgó a las personas que se desempeñaban en las áreas que integraban el Estado Mayor presidido por el General Juan Bautista Sasiaiñ, jefe de la Policía Federal, fallecido en 2006 cumpliendo arresto domiciliario por otros delitos de lesa humanidad.
La causa "GONTERO" investigó los secuestros y torturas a 5 ex policías, estudiantes universitarios, acusados de subversivos por sus propios compañeros, y al hermano de uno de ellos, en el D2, en el ex Centro Clandestino de Detención Tortura y Exterminio (CCDTyE) La Ribera y en la UP1. Las 6 víctimas lograron sobrevivir y la mayoría de ellos pudieron declarar en la causa.
SENTENCIAS:
CAUSA UP1
Jorge Rafael Videla, 84 años, acusado por los delitos de imposición de tormentos agravados, tormentos seguidos de muerte y homicidios calificados. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario Federal.
Luciano Benjamín Menéndez, 83 años, acusado por los delitos de privación ilegal de la libertad calificada, imposición de tormentos seguidos de muerte y homicidio calificado. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, ordenando la realización inmediata de una junta médica, a los fines de determinar si se encuentra en condiciones de salud que permitan su alojamiento en una unidad carcelaria de la provincia.
Gustavo Adolfo Alsina, 60 años, acusado de imposición de tormentos agravados, tormentos seguidos de muerte y homicidio calificado. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario Federal.
Miguel Angel Pérez, 55 años, acusado por la imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Francisco Pablo D'aloia, 55 años. ABSUELTO.
José Antonio Paredes, 58 años. ABSUELTO.
Alberto Luis Lucero, 64 años, acusado de privación ilegal de la libertad calificada, imposición de tormentos y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Miguel Angel Gómez, 63 años, acusado por privación ilegal de la libertad calificada, imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Marcelo Luna, 75 años, acusado por imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Juan Eduardo Ramón Molina, 64 años, acusado de imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Víctor Pino Cano, 79 años, acusado por imposición de tormentos agravados. DOCE AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL MISMO TIEMPO DE LA CONDENA, y ordenar la realización inmediata de una junta médica, a los fines de determinar si se encuentra en condiciones de salud, que permitan su alojamiento en una unidad carcelaria.
Osvaldo César Quiroga. 65 años. ABSUELTO.
Luis Alberto Rodríguez, 61 años. ABSUELTO.
Yamil Jabour, 63 años, privación ilegal de la libertad calificada, imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Enrique Pedro Mones Ruiz, 58 años,imposición de tormentos agravada y homicidio calificado con alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario Federal.
Vicente Meli, 81 años, acusado de imposición de tormentos, tormentos seguidos de muerte y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario Federal.
Carlos Hibar Pérez, 59 años, acusado por imposición de tormentos agravados. DIEZ AÑOS DE PRISION E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario Federal.
Ricardo Cayetano Rocha, 61 años. ABSUELTO.
Carlos Alfredo Yanicelli, 57 años, acusado por privación ilegal de la libertad calificada, imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Calixto Luis Flores, 70 años, acusado de privación ilegal de la libertad calificada, imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Mauricio Carlos Poncet, 78 años, condenado por imposición de tormentos agravados y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario Federal.
Raúl Eduardo Fierro, 79 años, condenado por imposición de tormentos agravados, tormentos seguidos de muerte y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, y ordenar la realización inmediata de una junta médica a los fines de determinar si se encuentra en condiciones de salud que permitan su alojamiento en una unidad carcelaria de la provincia.
Jorge González Navarro, 80 años, acusado de tormentos agravados, tormentos seguidos de muerte y homicidio calificado por alevosía. PRISIÓN PERPETUA E INHABILITACIÓN ABSOLUTA PERPETUA, ordenando su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Juan Emilio Huber, 77 años, acusado por tormentos agravados y tormentos seguidos de muerte. CATORCE AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL MISMO TIEMPO DE LA CONDENA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
CAUSA GONTERO
Comparte con la causa UP1 los siguientes imputados: Luciano Benjamín Menéndez; Yamil Jabour; Miguel Angel Gómez; Carlos Alfredo Yanicelli; Alberto Luis Lucero y Calixto Luis Flores.
Imputados sólo en la causa Gontero:
Hermes Oscar RODRIGUEZ, 78 años, acusado de privación ilegítima de la libertad calificada y tormentos agravados. DOCE AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL MISMO TIEMPO DE LA CONDENA, ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de la provincia de Mendoza.
José Eugenio San Julián, 83 años, acusado de privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados. SEIS AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL MISMO TIEMPO DE LA CONDENA, y ordenar la realización inmediata de una junta médica en el Hospital Nacional de Clínicas de esta ciudad, a los fines de determinar si el imputado San Julián se encuentra en condiciones de salud, que permitan su alojamiento en una unidad carcelaria.
Mirta Graciela Antón, 56 años, acusada por privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados. SIETE AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Fernando Martín Rocha, 59 años, acusado por privación ilegítima de la libertad y tormentos agravados. OCHO AÑOS DE PRISIÓN E INHABILITACIÓN ABSOLUTA POR EL TIEMPO QUE DURE LA CONDENA, y ordenar su inmediato alojamiento en una unidad carcelaria dependiente del Servicio Penitenciario de Córdoba.
Gustavo Rodolfo Salgado, 57 años. ABSUELTO.
Luis David Merlo, 56 años. ABSUELTO.
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POR CRÍMENES EN EL CIRCUITO ATLÉTICO, BANCO Y OLIMPO
Prisión perpetua y 25 años para dieciséis represores
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Tribunal Federal Nº 2 dio a conocer la sentencia para los represores que actuaron en el circuito de Centros Clandestinos de Detención, Tortura y Exterminio (CCDTyE) que funcionaron en el Club Atlético, el Banco y El Olimpo. Doce ex militares y ex policías fueron condenados a prisión perpetua y otros cuatro represores recibieron una pena de 25 años por 183 crímenes de lesa humanidad.
En una sala colmada por los familiares de los detenidos-desaparecidos, que conto con la presencia del flamante Secretario de Justicia de la Nación Dr. Julián Álvarez , los jueces Jorge Tassara, Ana D'Alessio y María Carrigós de Rébori del TOF N°2 condenaron a prisión perpetua e inhabilitación de por vida a los genocidas Julio Héctor Simón, más conocido como "el Turco Julián"; el apropiador de bebés Samuel Miara; el ex capitán del Ejército Enrique José Del Pino; Juan Carlos Avena, alias "Capitán Centeno"; el ex comisario Luis Juan Donocik; el ex oficial Eduardo Emilio Kalinec; el ex subcomisario de la Policía Federal Eufemio Jorge Uballes; los ex gendarmes Eugenio Pereyra Apestegui y Guillermo Víctor Cardozo, y los ex integrantes de la Policía Federal Roberto Antonio Rosa, Raúl González y Oscar Augusto Isidoro Rolón.
El presidente del Tribunal Jorge Alberto Tassara retomó la lectura de la sentencia, finalizado un cuarto intermedio, condenando a otros cuatro represores a 25 años de prisión con inhabilitación absoluta perpetua: Raúl Antonio Guglielminetti, un ex agente civil de inteligencia del Ejército que con el regreso de la democracia llegó a infiltrarse en la custodia del ex presidente Raúl Alfonsín; Carlos Alberto Roque Tepedino, ex jefe del Batallón de Inteligencia 601; el policía Ricardo Taddei, y Mario Alberto Gómez Arenas, ex segundo jefe de la Central de Reunión del Batallón de Inteligencia 601.
El guardia Juan Carlos Falcón alias "Kung Fu" fue el único absuelto de cargos. En su caso, el tribunal consideró que no había suficientes pruebas para condenarlo.
Los acusados fueron declarados culpables de "homicidio calificado con alevosía, privación ilegítima de la libertad y aplicación de tormentos". El Tribunal pudo considerar probado el delito de homicidio agravado por alevosía, luego de incorporar al proceso judicial las pruebas halladas por el Equipo Argentino de Antropología Forense, que en 2007 identificó el cuerpo de cinco de las víctimas que pasaron por el circuito ABO.
Dos de los represores juzgados ya habían sido condenados en causas anteriores. Miara por la apropiación de los mellizos Reggiardo-Tolosa, mientras que el "Turco Julián" a 25 años de prisión por la desaparición del matrimonio Poblete-Hlaczik.
El circuito ABO comenzó a funcionar en el "Club Atlético", un viejo deposito de suministros de la Policía Federal ubicado en Paseo Colón y Garay, demolido en 1977 para la construcción de la autopista 25 de Mayo. De allí, los detenidos-desaparecidos fueron trasladados a la Autopista Riccheri y el Camino de Cintura, donde funcionó "El Banco". A partir de agosto de 1978 pasaron al depósito de automotores de la Policía Federal conocido como "Garage Olimpo", ubicado en Lacarra y Olivera.
El anuncio de las condenas fue recibido con aplausos y la emoción contenida de una multitud de jóvenes, que junto a los integrantes de Abuelas de Plaza de Mayo, Madres de Plaza de Mayo Línea Fundadora, H.I.J.O.S. , organizaciones políticas, culturales y de derechos humanos siguieron la lectura desde la calle en dos pantallas gigantes. La condena terminó en celebración al ritmo de La Chilinga, Actitud María Marta, Dancing Mood y Fidel que aportaron su música para festejar la llegada de la justicia.
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MAR DEL PLATA- CAUSA BASE NAVAL I
Otros tres represores con prisión perpetua
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dictó la sentencia a prisión perpetua para el ex general de brigada Alfredo Manuel Arrillaga, el ex capitán de navío Justo Ignacio Ortiz y el ex contralmirante Roberto Luis Pertusio, todos acusados por delitos de lesa humanidad cometidos en la Base Naval marplatense durante la última dictadura cívico-militar.
Luego de haber escuchado más de 60 testimonios durante los seis meses que duró el proceso, los jueces Nelson Jarazo, Alejandro Esmoris y Jorge Michelli, del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, condenaron a prisión perpetua a los tres represores acusados por los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por mediar violencia y amenazas, imposición de tormentos agravada por haberse cometido en perjuicio de perseguidos políticos y homicidio.
En el marco de la misma causa fueron excluidos el contraalmirante Juan Carlos Malugani y el coronel Pedro Barda por sufrir una enfermedad mental degenerativa.
Con las condenas a perpetua, el Tribunal dio lugar al pedido de las querellas representadas por César Sivo, de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH), Alejo Ramos Padilla, de la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, y Gloria del Carmen León, quienes habían solicitado la pena de reclusión perpetua para los tres acusados por tratarse de delitos cometidos en el marco de un plan sistemático perpetrado desde la órbita del Estado.
En la misma línea, los fiscales Daniel Adler y Juan Manuel Portela, del Ministerio Público Fiscal, también habían reclamado la pena mayor para el ex militar y los ex marinos.
En el proceso se juzgaron dos causas. Una por crímenes de lesa humanidad cometidos por Arrillaga, Ortiz y Pertusio en perjuicio de nueve víctimas en el Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio (CCDTyE) que funcionó en la Base Naval de esa ciudad. Los tres fueron hallados culpables como coautores de los homicidios de Liliana Beatriz Retegui, Patricia Emilia Lazzeri, Liliana María Iorio, Omar Tristán Roldán, su mujer Delia Elena Garaguso, Alicia Rodríguez y Juan Bourg. Además de los secuestros y la imposición de tormentos de las estudiantes Nancy Carricabur y Estella Marís Nicuez, quienes fueron secuestradas junto a Retegui, Lazzeri y Iorio.
En la segunda causa, conocida como "Regine", se investigó la participación de Ortíz y Arrillaga en el secuestro con imposición de tormentos de Luis Salvador Regine.
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SENTENCIA EN LA CAUSA "PALOMITAS"
El Tribunal en Salta dispuso tres perpetuas
El juez federal Carlos Olivera Pastor, a cargo del Juzgado Federal N° 2 de Salta, dispuso prisión perpetua para Carlos Alberto Mulhall, Miguel Raúl Gentil y Hugo César Espeche por considerarlos autores materiales de la masacre de Palomitas ocurrida en esa provincia.
En la causa se investigaron los hechos producidos el día 6 de julio de 1976 cuando un grupo de presos y presas políticos fueron trasladados en forma violenta, durante un apagón intencional en el Penal de Villa Las Rosas, y posteriormente asesinados a un costado de la Ruta Nº 34, en un paraje conocido como Palomitas (Departamento General Güemes), a más 30 de km. de la capital salteña.
El ex jefe de la Guarnición Ejército Salta, Carlos Mulhall; el ex jefe de la Policía de Salta Miguel Gentil, y el ex militar Hugo César Espeche fueron hallados penalmente responsables del delito de homicidio doblemente calificado por alevosía y con el concurso premeditado de dos o más personas, en perjuicio de 11 víctimas.
El magistrado señaló en el fallo que "con el fin de lograr una mayor eficacia e impunidad en el operativo a llevarse cabo y que tendría como fin la muerte de las once personas, Mulhall en forma coordinada con sus consortes de causa, implementaron distintos operativos que les permitieran conseguir el objetivo buscado, como así también el modo en que se llevarían a cabo los mismos". Y agregó que quien ordenó el retiro desde el Penal de Villa Las Rosas de las víctimas y de todo lo que sucedió después fue el ex Jefe de la Guarnición Ejército Salta y Jefe del Área 322 Cnel. Mulhall; quien intervino en todo momento, dando las correspondientes órdenes al personal de su dependencia fue el ex Jefe de la Policía de Salta ex Tte. Cnel. Gentil ; y quien ejecutó el traslado de las víctimas hasta Palomitas, fue Espeche. |
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