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31 mar 2013

CRONOGRAMA ELECCIONES LEGISLATIVAS 2013


: Elecciones legislativas 2013

13 de mayo, fin del plazo para convocar a las PASO nacionales.
22 de junio se cierran las listas de precandidatos. 
Las primarias 11 de agosto 
las generales el 27 de octubre


CRONOGRAMA ELECTORAL 2013

*Elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO)


13 de mayo- Fin del plazo para convocar a las PASO nacionales. 
La Ley 26.571 fija en su art. 20 que “la convocatoria a elecciones primarias las realizará el Poder Ejecutivo nacional con una antelación no menor a 90 días previos a su realización. En provincia el plazo vence antes, el 16 de abril, pero de acuerdo al artículo 2 de la Ley 14.086 las PASO deber ser “el mismo día” de las nacionales.



12 de junio- Conformación de alianzas y adhesiones. 
A nivel nacional, en cumplimiento del art. 6 de la Ley 26.576, “los partidos políticos que integren alianzas deben requerir su reconocimiento ante el juez federal con competencia electoral”. En Provincia, ese día vence el plazo para cumplir con el art 22 de la Ley 14.086 para el reconocimiento de alianzas. La norma establece que las alianzas deben presentarse “con una antelación no menor a los 60 días de la elección primaria”.



22 de junio - Cierre de las listas de precandidatos. 
En Nación lo dicta el art. 26 de la Ley 26.571 y en Provincia el art. 3 de la 14.086. En ambos casos se da como máximo un plazo de 50 días antes de los comicios para presentar las listas.



12 de julio - Inicio de la campaña. 
De acurdo a las leyes de las PASO (art 31 de la 26.571 y art. 16 de la 14.086) “la campaña electoral podrá iniciarse con 30 días de anticipación” a la fecha del comicio.



22 de julio - Inicio de la publicidad de campaña. 
La ley nacional antes mencionada fija, en el art.31 que la publicidad televisiva de campaña podrá iniciarse 20 días antes de los comicios. En cambio, en la provincia de Buenos Aires, el artículo 16 de la norma 14.086 habla de “15 días previos a la fecha de los comicios”, es decir el 27 de julio, para todas las categorías de medios.



27 de julio - Restricción de los actos de gobierno. 
Las leyes de Nación y Provincia establecen (art. 93 de la primera y 16 de la segunda) que 15 días antes de la elección queda prohibido todo acto de gobierno que pueda inducir a la captación del voto.



3 de agosto - Difusión de encuestas. 
En la Provincia está prohibida por Ley (art. 16 de la 14.086) la difusión de encuestas dentro de los 8 días previos a la efectivización de las PASO.



9 de agosto - Cierre de campaña. 
La campaña electoral finaliza “48 horas antes del inicio del acto elecionario”, coinciden el art. 31 de la Ley 26.571 de la Nación, con el art. 14 de la norma provincial 14.086.



11 de agosto - Elecciones Primarias


*Elecciones generales -12 de septiembre

Oficialización de listas. Un mes después de la realización de las PASO, y como dicta el art. 20 de la Ley nacional 26.571 “la resolución de oficialización de listas una vez que se encuentre firme”, será comunicada al Ministerio del Interior, a los efectos de asignación de aporte, espacios publicitarios, y franquicias que correspondieren”.



22 de septiembre - Inicio de la campaña. 
Lo establece el art. 91 de la Ley 26.571, (...) “la campaña electoral se inicia 35 días antes de la fecha del comicio”.



2 de octubre - Inicio de la publicidad. 
El art. 92 de la Ley mencionada con antelación prohíbe la difusión de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos antes de los 25 días previos a la elección.



12 de octubre - Restricción de los actos de gobierno. 
La norma 26.571 en su art. 93 dicta que “durante la campaña electoral, la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos”. En el párrafo siguiente fija esa prohibición a los 15 días previos a la emisión del sufragio.



19 de octubre - Prohibición de difusión de encuestas. 
Las mismas no podrán divulgarse más allá de los ocho días anteriores a la elección, de acuerdo a lo establecido en el art. 59 de la Ley 26.571.



25 de octubre- Fin de la campaña electoral. 
“La campaña finaliza 48 horas antes del inicio del comicio”, establece el art 91 de la Ley nacional.



27 de octubre- Elecciones generales. 
De acuerdo al art. 1 de la Ley 25.983 “la elección se realizará el cuarto domingo de octubre inmediatamente anterior a la finalización de los mandatos”

link:   http://www.mininterior.gov.ar/voto_joven/index.php
Consulta Web Voto Joven
La Presidenta de la Nación, Cristina Fernández de Kirchner, firmó el Decreto N° 2106/2012 que promulga la Ley N° 26.774 de Ciudadanía Argentina, por la que se amplían los derechos políticos incorporando a los jóvenes desde los 16 años.
Para poder ejercer este derecho la Justicia Nacional Electoral deberá incorporar a todos los chicos de 16 años o que cumplan 16, hasta el 27 de octubre y hayan renovado su DNI.
Si no lo renovaste, tenés tiempo  hasta el 30 de abril así la Justicia Electoral incorpora tus datos al padrón. Para saber si tenés que renovarlo, ingresa tu número de DNI en el siguiente cuadro:
 
http://www.mininterior.gov.ar/voto_joven/index.php

TODOS LOS DNI SON VÁLIDOS PARA VOTAR
Podrás votar con DNI libreta de tapa verde, DNI libreta de tapa celeste, Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento, y todos los DNI tarjeta, también aquellos que tienen la leyenda “no válido para votar”.


MIRTA PRAINO - 11 6273 2340- http://san-fernando-mi-ciudad.blogspot.com/

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